PREVIFOC - Comentarios significativos
Queda prohibida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola en terreno forestal y su Zona de Influencia Forestal durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, salvo que esta actividad se contemple en un plan local de quemas aprobado
por el órgano competente en zonas de bajo riesgo, con nivel de preemergencia 1 y hasta las 11 horas como máximo.